Skip to main content

INFORMACIÓN DE LA CONVOCATORIA


Destinatarios: Pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español comprendidas en el segmento II de las bases, es decir, entre 3 y menos de 10 empleados. Además, deberán cumplir lo siguiente:

  1. No tener la consideración de empresa en crisis.
  2. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la SS.
  3. No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la comisión europea que haya declarado una ayuda ilegal.
  4. No estar incurso en ninguna de las otras prohibiciones de la ley general de subvenciones.
  5. No superar el límite de ayudas de minimis.
  6. Disponer del nivel de madurez digital de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la web de “Acelera PYME”.

Sector: Digitalización

Subsector: Digitalización

Plazo de solicitud: 31/12/24

Webs de referencia: CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A LA DIGITALIZACIÓN DE EMPRESAS DEL SEGMENTO II (ENTRE 3 Y MENOS DE 10 EMPLEADOS), DENTRO DEL PROGRAMA KIT DIGITAL | Sede (red.gob.es)

Actividad subvencionables: Ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. Asimismo, habrá mejora funcional cuando: la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos del anexo IV de la convocatoria, y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente

Periodo elegible: 02/09/22 – 31/12/24

Intensidad de ayuda: El importe máximo de ayudas para esta convocatoria es de 500.000.000€.  El importe máximo de ayuda por beneficiario, al dirigirse al segmento II, será de 6.000€

Sujeto a minimis:

CONVOCANTE:


Organismo: Ministerio de Asuntos económico y Transformación Digital

Administración:  Estatal

Ámbito geográfico: España

Tipo de ayuda: Subvención.