INFORMACIÓN DE LA CONVOCATORIA
Destinatarios: Pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español comprendidas en el segmento II de las bases, es decir, entre 3 y menos de 10 empleados. Además, deberán cumplir lo siguiente:
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la SS.
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la comisión europea que haya declarado una ayuda ilegal.
- No estar incurso en ninguna de las otras prohibiciones de la ley general de subvenciones.
- No superar el límite de ayudas de minimis.
- Disponer del nivel de madurez digital de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la web de “Acelera PYME”.
Sector: Digitalización
Subsector: Digitalización
Plazo de solicitud: 31/12/24
Webs de referencia: CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A LA DIGITALIZACIÓN DE EMPRESAS DEL SEGMENTO II (ENTRE 3 Y MENOS DE 10 EMPLEADOS), DENTRO DEL PROGRAMA KIT DIGITAL | Sede (red.gob.es)
Actividad subvencionables: Ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. Asimismo, habrá mejora funcional cuando: la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos del anexo IV de la convocatoria, y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente
Periodo elegible: 02/09/22 – 31/12/24
Intensidad de ayuda: El importe máximo de ayudas para esta convocatoria es de 500.000.000€. El importe máximo de ayuda por beneficiario, al dirigirse al segmento II, será de 6.000€
Sujeto a minimis: Sí
CONVOCANTE:
Organismo: Ministerio de Asuntos económico y Transformación Digital
Administración: Estatal
Ámbito geográfico: España
Tipo de ayuda: Subvención.