INFORMACIÓN DE LA CONVOCATORIA
Destinatarios: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas residentes en las Illes Balears que, además de cumplir con los requisitos comunes y específicos del artículo 3 de la convocatoria, pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:
- trabajadores autónomos que cotizan al régimen especial de la seguridad social (en adelante reta) y que no constaban cómo demandantes de ocupación antes del alta en el reta y que además acrediten el derecho a la aplicación de la cuota reducida de cotización de la seguridad social (tarifa plana).
- trabajadores autónomos que optan para cotizar en la mutualidad correspondiente.
Sector: Empleo
Subsector: Autónomos
Plazo de solicitud:22/09/24
Webs de referencia: Cuota cero dual primer año – 2024 (caib.es)
Actividad subvencionables: Se subvenciona el importe de las primeras 12 cuotas de cotización de la tarifa reducida de autónomos, o importe equivalente por los mutualistas, que se correspondan con el primer año de actividad.
Periodo elegible: N/A
Intensidad de ayuda: El importe económico de la convocatoria es de 500.000 €. Asimismo, la cuantía de las ayudas tendrá que ser de 80 euros mensuales por cada una de las 12 mensualidades correspondientes al primer año de alta en el reta o en la mutualidad correspondiente.
Sujeto a minimis: Sí
CONVOCANTE:
Organismo: Consejería de Empresa, Empleo y Energía
Administración: Autonómica
Ámbito geográfico: Baleares
Tipo de ayuda: Subvención
REFERENCIA DE LA PUBLICACIÓN:
https://www.caib.es/seucaib/ca/arxiuServlet?id=6238076