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INFORMACIÓN DE LA CONVOCATORIA


Destinatarios: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas residentes en las Illes Balears que, además de cumplir con los requisitos comunes y específicos del artículo 3 de la convocatoria, pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

  1. trabajadores autónomos que cotizan al régimen especial de la seguridad social (en adelante reta) y que no constaban cómo demandantes de ocupación antes del alta en el reta y que además acrediten el derecho a la aplicación de la cuota reducida de cotización de la seguridad social (tarifa plana).
  2. trabajadores autónomos que optan para cotizar en la mutualidad correspondiente.

Sector: Empleo

Subsector: Autónomos

Plazo de solicitud:22/09/24

Webs de referencia: Cuota cero dual primer año – 2024 (caib.es)

Actividad subvencionables: Se subvenciona el importe de las primeras 12 cuotas de cotización de la tarifa reducida de autónomos, o importe equivalente por los mutualistas, que se correspondan con el primer año de actividad.

Periodo elegible: N/A

Intensidad de ayuda: El importe económico de la convocatoria es de 500.000 €. Asimismo, la cuantía de las ayudas tendrá que ser de 80 euros mensuales por cada una de las 12 mensualidades correspondientes al primer año de alta en el reta o en la mutualidad correspondiente.

Sujeto a minimis:

CONVOCANTE:


Organismo: Consejería de Empresa, Empleo y Energía

Administración: Autonómica

Ámbito geográfico: Baleares

Tipo de ayuda: Subvención

REFERENCIA DE LA PUBLICACIÓN:

https://www.caib.es/seucaib/ca/arxiuServlet?id=6238076