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INFORMACIÓN DE LA CONVOCATORIA:


Organismo: Dirección General de Investigación, Innovación y Transformación Digital 

Destinatarios:

  • Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica
  • PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica 
    *Se distingue entre Participación Individual o Participación en cooperación mediante contrato

Sector: Investigación y desarrollo

Subsector: I+D+i

Plazo de solicitud: 10/4/2025-10/5/2025 
 
*Convocatoria 2026: del 12 de enero de 2026 al 27 de febrero de 2026. 
Convocatoria 2027: del 11 de enero de 2027 al 26 de febrero de 2027. 

Webs de referencia: Web

Gastos subvencionables:

  • a) Programa I. Mejora de la capacidad de innovación de las pymes  
    ⎯ Línea 1.1: certificación de proyectos de I+D+I 
    ⎯ Línea 1.2: servicios de apoyo a la innovación  
     
    b) Programa II. Creación de agrupaciones empresariales innovadoras (AEI)  
    ⎯ Línea 2.1: creación de agrupaciones empresariales innovadoras (AEI) 
     
    c) Programa III. Digitalización para las pymes  
    ⎯ Línea 3.1: digitalización en la gestión empresarial i márqueting digital  
     
    d) Programa IV. Aceleración e innovación abierta 
    ⎯ Línea 4.1: pymes con iniciativas disruptivas  
    ⎯ Línea 4.2: servicios de apoyo a las PYME especializadas en entornos inmersivos  
     
    e) Programa V. Organización de eventos relacionados con la innovación  
    ⎯ Línea 5.1: organización de eventos 
     
    f) Programa VI. Inversión en innovación

Intensidad de ayuda:

  • Programa I: Hasta 100% de los gastos subvencionables, mínimo 1800€ y máximo 6.000€

  • Programa II: Hasta 100% de los gastos subvencionables, máximo 40.000€  

  • Programa III: Hasta 100% de los gastos subvencionables, mínimo 1800€ y máximo 6.000€ para el total de las actuaciones 

  • Programa IV: Hasta 100% de los gastos subvencionables, mínimo 4.000€ y máximo 15.000€ 
    Cuantías máximas de la ayuda:  
    a) Gastos de personal: ayuda máxima de 12.000 euros.  
    b) Consultor externo: ayuda máxima de 3.000 euros.  
    c) Resto de costes subvencionables sin límite hasta la cuantía total de la ayuda 

  • Programa V: Hasta 100% de los gastos subvencionables, mínimo 1800€ y máximo 6.000€ para el total de las actuacione 

  • Programa VI: hasta un máximo del 50 % de los gastos subvencionables con carácter general, hasta un máximo de 120.000 euros por beneficiario y un mínimo de 45.000 euros. 
    En el caso de servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación: hasta el 100 % de los gastos subvencionables, a condición de que el importe total de las ayudas recibidas en concepto de estos servicios no sea superior a 220.000 euros por empresa, en cualquier período de tres años. 

Sujeto a minimis: Sí.

CONVOCANTE:


Organismo: Dirección General de Investigación, Innovación y Transformación Digital

Administración: Autonómica

Ámbito geográfico: Autonómica

Tipo de ayuda: Subvención y entrega dineraria sin contraprestación.

REFERENCIA DE LA PUBLICACIÓN:

Web