CONVOCATORIA CERRADA
INFORMACIÓN DE LA CONVOCATORIA
Destinatarios: Podrán acogerse a la convocatoria las sociedades mercantiles con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que no formen parte del sector público, y que desarrollen una actividad industrial en alguno de los sectores que aparecen establecidos dentro del Anexo I (Sección B) de la convocatoria.
Sector: Industria
Subsector: Innovación
Plazo de solicitud: 16/09/24 – 04/10/24
Webs de referencia: Portal de Ayudas del Ministerio de Industria y Turismo (mintur.gob.es)
Actividad subvencionables: Para los proyectos de inversión enmarcados en la línea de investigación, desarrollo e innovación (b.1): costes de personal, costes de instrumental y material costes de investigación contractual, gastos generales del proyecto en I+D+i que no se pueden imputar de forma directa dada su naturaleza; para los proyectos de inversión enmarcados en la línea de innovación en sostenibilidad y eficiencia energética (b.2): aparatos y equipos de producción, edificación e instalaciones, activos inmateriales, y colaboraciones externas; para los proyectos de inversión enmarcados en la línea de ayudas regionales a la inversión (b.3): aparatos y equipos de producción, edificación e instalaciones, y activos inmateriales; para los proyectos de inversión enmarcados en la línea de ayudas a la inversión en favor de las pymes (b.4): aparatos y equipos de producción, edificación e instalaciones, y activos inmateriales.
Periodo elegible: Desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y podrá extenderse, o bien hasta 40 meses contados desde la fecha de resolución de la concesión, o bien hasta 60 meses desde la misma fecha.
Intensidad de ayuda: El importe total máximo convocado será de 200.000.000 euros de los que la mitad serán en forma de préstamos y la otra mitad en forma de subvención. Dicho esto, el presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada proyecto de la sección b en función de los aspectos relacionados con la cadena de valor industrial del vehículo eléctrico y conectado (VEC) se refleja en la tabla representada en el artículo 9 de la convocatoria, donde se dispone, por ejemplo, un presupuesto financiable mínimo de 1 millón de euros para la investigación industrial, e I+D+i en baterías o pilas de combustible destinados a vehículos eléctricos y conectados. Asimismo, se establecen en el artículo 10 de la convocatoria, las intensidades brutas máximas de ayudas por tipo de proyecto y entidad, donde para cada proyecto y entidad beneficiaria, la financiación total a conceder (préstamo nominal más subvención) será como máximo del 80% sobre el presupuesto financiable, salvo para la línea b.3 que será del 75%.
Sujeto a minimis: No
CONVOCANTE:
Organismo: Ministerio de Industria y Turismo
Administración: Estatal
Ámbito geográfico: España
Tipo de ayuda: Subvención, préstamo reembolsable o combinación de ambos