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INFORMACIÓN DE LA CONVOCATORIA


Destinatarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, y las sociedades civiles o comunidades de bienes domiciliadas o que lleven a cabo un proyecto de inversión para la mejora de los procesos productivos o de producto en las Illes Balears, que cumplan los requisitos de ser microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme) que desarrollen una actividad industrial de alguno de los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) incluidos en las divisiones 2, 3, 4 y 691.2 de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, así como las que estén incluidas en el grupo 162 del IAE e inscritas en la división A correspondiente a establecimientos y actividades Industriales del Registro Integrado Industrial de la Consejería de Empresa, Empleo y Energía.

También podrán ser beneficiarias las empresas incluidas en el grupo 504 del IAE de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en la división B del registro integral industrial correspondiente a las empresas de servicios relativos a la actividad industrial.

Sector: Industria

Subsector: Industria

Plazo de solicitud: 01/10/2025 o hasta el posible agotamiento del crédito presupuestario

Webs de referencia: Línea de ayuda a la microempresa, pequeña y mediana empresa industrial de las Illes Balears para cubrir los gastos financieros (Ibavals indústria)

Actividad subvencionables:Esta línea de ayudas está destinada a subvencionar los gastos financieros derivados de inversiones productivas, inversiones en eficiencia energética y transformación digital de microempresas, pequeñas y medianas empresas industriales.

Periodo elegible: Hasta 01/10/25 o hasta agotar la cuantía asignada

Intensidad de ayuda: La cuantía máxima del crédito sobre el que debe calcularse la ayuda por beneficiario, sin perjuicio de que se lleven a término en una o más
operaciones financieras, es de:
– 300.000 euros para las operaciones formalizadas del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024.
– 300.000 euros para las operaciones formalizadas del 1 de enero de 2024 al 1 de octubre de 2025

Sujeto a minimis:

CONVOCANTE:


Organismo: Agencia de Desarrollo Regional de las Baleares (ADR)

Administración:  Autonómico

Ámbito geográfico: Illes Balears

Tipo de ayuda: Subvención

REFERENCIA DE LA PUBLICACIÓN:

BOIB, boletín oficial